pensión de alimentos en caso de que mi hijo marche del país

hola, me gustaría saber que puedo hacer en caso de que mi hijo de 16 años se vaya del país.
Mi ex pareja (no casados) reside en España pero desea irse a Chile, yo le paso una pensión de 250€mensuales aun no tenemos firmado ningún acuerdo, el cual se está llevando a cabo en este momento, un convenio de mutuo acuerdo en cuanto a la pensión de mi hijo. La abogada de mi ex pareja me ha enviado un documento y en el se me notifica el cambio de residencia y si deseo o no dar mi autorización. mi pregunta es ¿que sucede si yo no doy mi autorización? ¿debo seguir pagando la pensión de alimentos? ¿que hay del régimen de visitas?
¿que hago si creo que la abogada de mi ex pareja no es imparcial en el tema?
yo no tengo abogado aun y me gustaria saber si debo contratar a uno

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Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

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Buenas tardes. Estoy de acuerdo con mis compañeros. Vd. necesita un abogado para que le asesore, ya que la abogada de su expareja, es de ella y no suya. Hasta que el Juzgado no apruebe el Convenio Regulador (ya sea de mutuo acuerdo o Contencioso) y dicte Sentencia, no está obligado a nada y se puede negar a que su expareja cambie la residencia del menor sin la sentencia del Juzgado que otorgue lo mejor para el menor. Cosa distinta es q abone mensualmente la pensión de alimentos de su hijo, en el que dicha
cantidad será aprobada o no el Juzgado. Estoy a su disposición para cualquier consulta que desee realizarnos en silvialq@icam.es. Un saludo

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Sería conveniente, por no decir imprescindible, que en este aspecto usted tuviera un abogado que le asesorara, pues, como usted bien dice, la abogada de su expareja no será, ni puede serlo, imparcial en el tema, pues es abogada de su expareja, y no de usted, y debe procurar lo mejor para su cliente, es decir, para su expareja. En este sentido, puedo ofrecerle los servicios de este despacho, especialistas en Derecho de Familia en Cataluña y miembros de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia, donde le asesoraremos de todo lo que precise mirando por su único interés. Puede concertar cita a través del telf. 937882932.

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Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
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Por supuesto que le conviene contratar los servicios de un abogado cuanto antes. No debe autorizar la salida de España de su hijo, hasta que no se haya negociado el convenio. Respecto a su expareja, hasta que se apruebe el convenio, no está obligado. Quedo a su disposición para cualquier aclaración ulterior.

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Desde luego que le conviene contratar los servicios de un abogado. Le aconsejo que no de autorización al cambio de residencia ya que el derecho de visitas será practicamente inexistente y sin embargo tendrá la obligación de pagar la pensión de alimentos.

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