Contrato de arras con poder

Me gustaría saber si para la firma de contrato de arras es necesario poder.
Vamos a vender una casa, era la casa de mis abuelos y somos muchos propietarios.
La casa esta situada en una provincia distinta de la que vivimos.
El día de firma del contrato de arras, estarán presente familiares. Pensaba que con la firma de uno (representando a todos) era suficiente puesto que es contrato privado.
Nos dice el señor de la inmobiliaria que si no estamos presentes físicamente tenemos que hacer poder notarial (que serviría para la escritura), tampoco desde la inmobiliaria nos ofrece otra solución.
No es que no quiera hacer poder, es para informarme.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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O va O no va a la firma. Si decide no ir bien, probablemente se frustre la venta y tenga un problema con los demás vendedores

Si decide ir, o va en persona o va un representante en su nombre.

Ese representante precisa para actuar en su nombre de un poder especial para ese concreto acto. (Nada de lo que le dice el de la inmobiliaria, usted puede perfectamente ir a la notaría en persona y limitar el poder a la firma de esas arras)

Todo esto claro está salvo que el comprador y los demás vendedores acepten su ausencia en la firma a reserva de la escritura y se haga constar así...

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda

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Buenos días,
En los contratos privados se puede articular un sistema de firma a distancia, pero es cierto que lo suyo sería que otorgaran todos un poder notarial en favor de uno de los familiares.
De lo contrario, este solo actúa como mandatario verbal de los demás, por lo que sería necesaria la ratificación, lo que implicaría estar en la misma situación.
Resumiendo, sin poder notarial, un familiar no tiene capacidad jurídica para representar al resto.
Un saludo,

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