Contrato de arras con poder
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
O va O no va a la firma. Si decide no ir bien, probablemente se frustre la venta y tenga un problema con los demás vendedores
Si decide ir, o va en persona o va un representante en su nombre.
Ese representante precisa para actuar en su nombre de un poder especial para ese concreto acto. (Nada de lo que le dice el de la inmobiliaria, usted puede perfectamente ir a la notaría en persona y limitar el poder a la firma de esas arras)
Todo esto claro está salvo que el comprador y los demás vendedores acepten su ausencia en la firma a reserva de la escritura y se haga constar así...
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días,
En los contratos privados se puede articular un sistema de firma a distancia, pero es cierto que lo suyo sería que otorgaran todos un poder notarial en favor de uno de los familiares.
De lo contrario, este solo actúa como mandatario verbal de los demás, por lo que sería necesaria la ratificación, lo que implicaría estar en la misma situación.
Resumiendo, sin poder notarial, un familiar no tiene capacidad jurídica para representar al resto.
Un saludo,