Contrato de obra y servicio

Buenos dias,

Estoy trabajando en una empresa a través de una ETT, con contrato de obra y servicio.
Firmé el contrato en octubre de 2009, va a hacer 4 años, y por ahora voy a seguir en el mismo trabajo.

Supuestamente la duración máxima de este tipo de contratos es de 3 años + 12 meses según convenio. Y pasado este tiempo tienen la obligación de hacer contrato fijo. Pero todo esto es solo para los contratos firmados a partir de junio de 2010. No he encontrado nada al respecto para los contratos firmados anteriormente.

Algo parecido pasa con los días de indemnización por despido.

Me gustaría saber qué derechos tengo en cuanto a cambio de tipo de contrato y dias de indemnización por fin de contrato.

Muchas gracias

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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En estos casos conviene hacer una revisión completa de legalidad (fraude en el contrato, diferencias salariales, indemnizaciones posibles, etc), pero no recomiendo emprender ninguna acción legal, salvo graves infracciones o despido, ya que las empresas suelen reaccionar mal ante las demandas de reconocimiento de derecho, y conservar el puesto de trabajo es en la actualidad prioritario. SI desea revisar la legalidad de la relación laboral estoy a su disposición. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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SN assessors

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Abogado de Vilafranca del Penedès especializado en Derecho Extranjería

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En cualquier caso, podría ser que el contrate se haya realizado en fraude de ley si, por ejemplo, no se cumplen los requisitos de la causa de temporalidad, por lo que sería conveniente que un abogado laboralista revisara el contrato o contratos. En caso que exista fraude, de ley, puede solicitarse que se reconozca la relación laboral de caracter indefinido.

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