Contrato por obra y servicio - Embarazo

La empresa en la que trabajo ha cesado el contrato por obra y servicio que desarrollaba en mi zona, somos sobre 80 trabajadores en toda España y han cesado a 5 territorios en total, pero en mi caso se añade que me encuentro embarazada. La indemnización que me ofrecen es 8 días por año trabajado (lo normal en un cese de obra y servicio).
Mi duda es si mi situación es diferente; al hablar con ellos me comentan que no me han despedido por estar embarazada sino que ha cesado simplemente el contrato, al igual que mis 4 compañeros. Pero, ¿si la obra y servicio no ha finalizado por completo (sólo en esas 5 zonas) me deberían de ofrecer un puesto en otra? ¿si no pudieran ofrecerme otro puesto se trataría de un despido improcedente y no de un cese de la obra y servicio?
Gracias y un saludo.

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Estimada amiga, la extinción del contrato por obra o servicio está ligada a la efectiva finalización de la obra o servicio concreto que debe constar en el contrato de trabajo. Si en el contrato no se especificó qué obra o servicio era, cabe una posibilidad de que la empresa haya incurrido en fraude de ley, y se puede impugnar la extinción por despido improcedente. En cuanto a la circunstancia del embarazo, por cierto, enhorabuena, no parece plausible alegar discriminación en ese sentido si la extinción alcanza a varios o todos los trabajadores de la obra o servicio, no parece que el embarazo sea el motivo por el que se extingue el contrato, sin perjuicio de un relato más detallado. Espero que le sea de utilidad mi respuesta, y si es así, le ruego la valore en mi perfil. Un saludo

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