¿Es conveniente solicitar la anulación del IRPH?

Hola, me gustaría saber las posibilidades y el riesgo (costas, etc.) si se inicia un procedimiento contra un banco para reclamar la nulidad del IRPH. Y si es cierto que las sentencias favorables hasta ahora han sido todas recurridas. Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Manuel de Luque Abogados

Manuel de Luque Abogados

Abogado de Granollers especializado en Procesal Civil

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En mi opinión, el proceso lógico que debe seguir con rigor es el siguiente:
1. Cuantificar cual es aproximadamente la cantidad objeto de la reclamación que pretende hacer;
2. Solicitar y pagar honorarios a un abogado para que le haga un dictamen sobre la viabilidad de que prospere la reclamación en el caso de que decida Ud. interponerla. No olvide que hay abundante jurisprudencia a considerar.
3. Pedir un presupuesto a un abogado de los honorarios que conlleva la interposición y defensa del procedimiento en primera y segunda instancia incluyendo el riesgo de asumir las costas en caso de que su reclamación no prospere.
4. En base a lo anterior tomar una decisión y en su caso contratar a un abogado que le inspire confianza.

Lo siento pero esto es lo único que puedo aconsejarle por Internet.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Buenos días;
Para darle una respuesta adecuada habría que ver el contenido de la escritura de préstamo hipotecario. Los tipos IRPH Bancos e IRPH Cajas han desparecido (por disposición legal) por lo que si le siguen aplicando esos tipos y no un tipo sustitutivo (por ejemplo, Euribor) es claro que deberá decretarse la nulidad. Las posibilidades de éxito en una acción de este tipo (nulidad IRPH) son bastante altas porque hay multitud de Juzgados que ya se han pronunciado al respecto.
En este despacho somos especialistas en reclamaciones de este tipo (cláusulas suelo, IRPH, preferentes, swap, etc.) y nuestros honorarios sólo se devengan en caso de que prospere la demanda. Si precisa más información, puede contactar con este despacho donde estaremos encantados de atenderle.

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TARINAS GRUP

TARINAS GRUP

Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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No tenemos constancia de que las sentencias por este motivo hayan sido todas recurridas. Las entidades financieras procuran recurrir todo aquello que no es evidente, o sea todo aquello que ofrezca dudas. El tema de IRPH es perfectamente recurrible, y hasta ahora los tribunales han sido muy proclives a dar la razón al afectado. La probabilidad de obtener una sentencia favorable la podemos situar por encima de un 80%. En caso de perder, las costas pueden ser como máximo del 30% del valor del proceso (si el valor del proceso se puede fijar en el importe que el banco debe reintegrar al afectado, el 30% de dicha cantidad podría ser el montante de las costas; pero en todo caso, depende del valor-cuantía del pleito).
Yo en su lugar no lo dudaría y presentaría recurso.

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Abogada Esther Ortuño

Abogada Esther Ortuño

Abogado de Cunit

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Buenos días.

El IRPH es un índice que ya no está en vigor, se ha de mirar cual es el sustitutivo que tiene en la hipoteca, si lo tiene, y sino lo tiene se aplicará un tipo que se calculará en función del tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en España.
Un saludo.

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ABOGADO COBRO DE FACTURAS - BARCELONA

ABOGADO COBRO DE FACTURAS - BARCELONA

Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados

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Estimados Señores. Nuestro despacho trabaja a éxito, es por este motivo que no debería de provisionar ninguna provisión de fondos.
Nuestros honorarios de éxito son del 25%.

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