Cuál es el régimen matrimonial por defecto de dos catalanes que se casan en Madrid?

Mi pareja y yo residimos en Barcelona, donde estamos empadronados, pero nos casaremos en Madrid en febrero. Ambos queremos separación de bienes y sabemos que en Catalunya es el que opera por defecto, pero no sabemos si será así casándonos en Madrid. ¿Qué prima, dónde vivan los cónyuges o dónde se casen?

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Deberíamos saber cual es su vecindad civil. El régimen aplicable se determina si son extranjeros por la nacionalidad y si son españoles por la vecindad civil. Si dos madrileños con vecindad civil común se casan en Barcelona su régimen será el de gananciales del cm Espanyol. Al revés si dos personas con vecindad civil catalana se casan en Madrid se les aplicará separación de bienes. La vecindad civil no viene determinada por el empadronamiento. En principio se transmite por los padres y se cambia por residencia continuada durante 10 años sin manifestar nada en contra o a los dos años si se manifiesta expresamente. Para dar una respuesta concreto a su caso necesitaríamos saber todos los detalles. Piensen pero que en última instancia pueden escoger el régimen matrimonial ante notario.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Martínez-Roges Advocats

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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El régimen matrimonial va unido a la vecindad civil. Si ambos son catalanes, les sigue a donde vayan, de forma que , salvo que manifiesten lo contrario de forma expresa, su regimen matrimonial será el catalán, es decir, separación de bienes. No es tema de dónde residen, sino de su vecindad civil, que viene determinada por lugar de nacimiento, vecindad civil de los padres... es muy parecido a la nacionalidad. Son ambos nacidos en Catalunya??
Si no es así, comuniquese con nosotros por correo electrónico y podremos intercambiar mas detalles y asegurar la respuesta. martinez-roges@icab.es

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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El Régimen Económico Matrimonial será el de separación de bienes si ambos ostentan en el momento del matrimonio vecindad civil catalana, con independencia de donde se casen. Ahora bien, si desconocen cuál es su vecindad civil, les recomiendo que concerten cita con un abogado a los efectos de determinar cuál es ésta. También pueden revisar el documento que dentro de las Guías Legales de esta página viene redactado con el título LA VECINDAD CIVIL. Para cualquier otra aclaración quedo a su entera disposición.

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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