¿Desde cuándo empieza a computar la pena de retirada del carnet de conducir?

El 5 de noviembre de 2016 la policía me pilló ebrio y conduciendo. el día 7 pasé al juzgado de guardia y me condenaron a 14 meses de privación del derecho de conducir y una pena de 6 meses de multa.
en 2017 me pillaron otra vez conduciendo, y obvio aun no me habían devuelto el carnet de conducir aparte de que estaba quebrantando una condena + y estaba bebido. el 26 de octubre de 2017 me condenaron a 14 meses de multa y 28 meses sin poder conducir. la ejecutoria me llegó el día 5 de diciembre de 2017.

Mi duda es: ¿Cuándo empiezo a computar el plazo de la segunda pena de privación de libertad?? desde el mismo día que cometí los hechos, desde el día que salió la sentencia, desde el día de la ejecutoria o hasta que se cumpla la condena de la primera pena?

Gracias un saludo