Cuándo se comete una negligencia médica?

Si padeces una enfermedad, te ven 14 médicos en 14 años en el hospital de Huelva, pero no soluciona el problema. Decides gracias a A3 "En Buenas Manos" salir fuera de tu provincia e ir a Madrid y allí solucionas el problema.
Mas tarde te enteras de que gran parte de los 14 médicos que te vieron no eran de la especialidad acorde con la enfermedad que padecías.
¿Que juzgado lleva este tipo de casos?
¿Es una negligencia medica al haberte visto muchos medicos no de la especialidad acorde con tu enfermedad?

saludos

Juan

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Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
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Buenas tardes, se produce una negligencia medica cuando el médico actúa tanto por omisión como por comisión ya que obvia lo conocido como Lex Artis que se refiere al conjunto de protocolos médicos existentes.
Para acudir a los tribunales el proceso es el siguiente
En el caso de que la negligencia se haya producido en un hospital público, la responsabilidad recae sobre la sanidad pública. Debes presentar una demanda ante los Juzgados de lo contencioso administrativo, ya que el procedimiento judicial avanza por la vía civil.
Si se ha cometido en un hospital privado, la responsabilidad recae sobre el médico. El procedimiento judicial se desarrolla por la vía penal o civil. Debes acudir a los Juzgados de Primera Instancia de tu Comunidad Autónoma a presentar una denuncia o una querella.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

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Para decir que ha habido negligencia médica, es preciso probar que los médicos que le atendieron no actuaron con la diligencia que se exige a un profesional, ni han empleado los medios necesarios para detectar la enfermedad o patología, por tanto, si esto sucede, se podría decir que ha habido mala praxis (es el protocolo que ha de seguir el facultativo). Para decir que ha habido negligencia médica, es neceario 3 requisitos: 1) Haber producido un daño evaluable; 2) Actuación del médico ha de ser negligente; 3) Relación directa entre la mala praxis y el daño causado. En cuanto al Juzgado, dependiendo si se reclama ante la Administración, vía civil o penal. Para cualquier consulta, puede ponerse en contacto con el despacho.

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Abogado Divorcio Huelva Jesús Pérez Gómez

Abogado Divorcio Huelva Jesús Pérez Gómez

Abogado de Huelva especializado en Derecho de Familia

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Estimado Juan, sería necesario un mayor conocimiento de tu problema para poder pronunciarnos al respecto. No obstante, el mero hecho de haber sido examinado por tantos médicos distintos y de diferentes especialidades no supone de por sí negligencia médica. Ahora bien, si alguno de los médicos de Madrid le hace un informe diciendo que ha existido mala praxis de los anteriores, podrá Vd. iniciar la correspondiente reclamación, en principio, por vía administrativa contra el SAS. Si lo desea podemos estudiar su asunto.

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