¿Cuánto está el IPC para alquilar?
Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
Abogado de Cádiz especializado en Derecho de Familia
La variación que experimentó el IPC durante el mes de abril es de descenso en -0,6%, por lo que sobre los 300 euros que usted paga, la cuota sería de 298,20 €.
No obstante, deberá revisar en su contrato de arrendamiento si la actualización de renta es sólo aplicando el IPC sin más o aplicando la subida que experimente el IPC y no la bajada.
Si no dice nada al respecto, podrá usted bajar la renta, pero le aconsejo que para evitar malos entendidos con su arrendador, se lo comunique usted.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenas tardes, el IPC anual 2015 no se sabe hasta diciembre de 2015 y solo se sube si el arrendador quiere, no es obligatorio. Lo único que ahora puede saber es el IPC mensual, que en su caso no le sirve, por lo que tendrá que esperar para saberlo. un saludo Noelia Padrino
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Dependerá de lo pactado en el contrato, cuyo análisis es preciso para poder contestar; inicialmente, el IPC correspondiente a Abril 2014-2015, es negativo, por lo que si se prevé en el contrato la renta debe bajar pero una cantidad mínima. Saludos.
Como le han comentado otros compañeros, usted debe ver si en su contrato aparece algo al respecto. Si es así, pueden mantener el precio fijado o bien revisarse este, en el caso a la baja pero, si se da el caso, igual al alza.
Un saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Comparto la tesis de mis compañeros de Padrino Abogados.