Custodia compartida con fines de semana y vacaciones solapadas

Con custodia compartida en Provincias distintas:
Teniendo en el Convenio regulador las vacaciones de dos niñas que estudian en colegios distintos y por ende, salen en días diferentes, ¿Qué prevalece como primera opción válida? ¿El fin de semana que antecede a las vacaciones, o interrumpo fines de semana y las recojo el día de vacaciones acordado en convenio?
Ej.: una niña sale el sábado 23/6 de vacaciones, pero la otra niña sale el Martes 26/6, con lo cual está el fin de semana atravesado para la segunda niña. (Tener en cuenta que el Padre vive a 200km de las niñas y tendrían que hacerse muchos km). El Padre debe cumplir ambas es decir, buscarlas el fin de semana luego devolverlas, y buscarlas dos días después para vacaciones?
Muchas gracias!! saludos.

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Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
Contestado

Debe estar a lo que establece el convenio. Y en su defecto, a lo que ambos progenitores acuerden establecer por un medio de comunicación fehaciente que deje constancia objetiva de lo acordado a este respecto.

De ser el régimen de estancia o de visitas los fines de semana alternos, salvo para el periodo de vacaciones. Cabe entender como probable que:

En el caso de la primera niña, deba recogerla el sábado que coge vacaciones si es que le corresponde el primer periodo vacacional y no le corresponde a la madre. Siendo interrumpido desde ese momento el régimen de visitas de los fines de semana alternos.

Régimen alterno que se retomaría a la vuelta de vacaciones por aquel de los dos progenitores que pierde el fin de de semana del 23/6.

En el caso de la segunda niña, debe recogerla el fin de semana anterior a las vacaciones. Sí es tal y como le correspondería normalmente. E iniciadas las vacaciones escolares volver a recoger a la menor el martes 26/6 si es que le corresponde el primer periodo vacacional con la segunda menor y no le corresponde a su madre.

Recuerde que si tiene dudas DEBE CONSULTARLO con el abogado que conoce el convenio y lo pactado en su día JUDICIALMENTE y con detalle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

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Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia

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Se ha de respetar los días de recogida y entrega fijados en el convenio regulador. Los progenitores, puntualmente, pueden acordar algo distinto, para un período vacacional concreto. Cualquier modificación permanente debe ser recogida y suscrita en un nuevo convenio regulador aprobado por el juzgador.--

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