Custodia compartida en mi hija de 15 años
Lo que vd. plantea se denomina como modificación de medidas definitivas.
Para que dicho procedimiento proceda es necesario acreditar que existe una alteración sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la adopción de las medidas obrantes en el convenio regulador cuya modificación se solicita.
Para valorar dicho extremo lo mejor es que se ponga en manos de un abogado de la zona con el que pueda reunirse y explicarle las circunstancias concretas del caso, así como el régimen que mejor se acomodaría a los intereses de la menor.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común
Estimada Consultante, no proporciona muchas informaciónes al respecto de la sentencia de divorcio, de todos modos por el bienestar de su hija se puede proceder según lo que estimaís mas apropiado sin que su marido tenga que ser desvinculado de la custodia. Quedamos a su disposición en su misma ciudad y podrá contactarnos a tráves de nuestra pagina web o mas bien por telefono . Un cordial saludo.