Dación en pago y deuda de gas

ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
La compañia de suministros no tiene porqué saber el cambio de titularidad de una vivienda, dado que pueden hallarse ocupadas, en los distintas formas (alquiler, cesión, etc) por personas diferentes a los titulares. y en su momento debió de dar de baja el contrato, al igual que luz, agua, etc.
La solución pasa por hablar con el propietario (a quien realizó la dación en pago) a fin de que asuma la deuda, y comunicarlo a la empresa de gas, normalmente cursando cambio de titularidad, o incluso baja del servicio con nueva contratación del propietario que recibió la vivienda.
Mientras no efectúe dichos cambios, el servicio seguirá facturándose a su nombre, con lo cual el obligado al pago seguirá siendo usted, aun cuando pueda reclamárselo al propietario de la vivienda con posterioridad al acreditar el pago.

Abogado especialista en divorcios Dos Hermanas Maria Jose Gonzalez Haro
Abogado de Dos Hermanas especializado en Derecho Civil
Buenos días, bastará con hacerle llegar a la compañía del gas el documento que acredita que Vd. dejó de ser propietario del inmueble. Aunque, debió Vd. cursar la baja entonces. Saludos