Daños por aguas en vivienda ocasionados por el piso de arriba

Buenos días, quisiera a saber si podrían ayudarme...
Vivo en un primero, al llegar a casa ayer ví que se había inundado. Al parecer el agua provenía del piso de arriba que se rompió el latiguillo de del fregadero de la cocina. Por lo tanto tengo humedades en el techo de la cocina, paredes, se me ha levantado el parquet, bajos de puertas desencajados... por la absorción del agua.
además, el local de abajo también ha sufrido daños debido a esto, en techo, paredes y productos a la venta...
Quien se encarga de esto?
¿Qué derecho tenemos los perjudicados?
¿Con qué fundamentos jurídicos?
¿Qué puedo reclamar? Contra quien?
¿En referencia al piso de arriba, quien es el culpable, el dueño o el inquilino?

Gracias, saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Usted deber reclamar al propietario del piso superior concretando los daños sufridos y su valoración. Si dispone de seguro del hogar, comuníqueselo al mismo a fin de que inicien las actuaciones correspondientes.
En caso contrario, le recomiendo que realice un informe pericial de Arquitecto Técnico para que concrete los daños existentes, su causa y su valoración ya que ello le servirá de prueba para reclamar judicialmente los daños.
No obstante, y como vía previa, puede ponerse en contacto con el propietario del piso y señalarle que de parte a su seguro de hogar para el caso de que tenga concertado uno y ello con el fin de abrir la incidencia e iniciar el arreglo de sus daños.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Por lo que comenta es un problema que surge de una instalación defectuosa del propietario del piso que está encima del suyo. Luego, se trata de un asunto que tiene que solucionar este propietario. Lo primero que debe preguntarle es si tiene seguro y si cubre tales eventualidades. En cuanto a la reclamación que puede realizar frente a esta persona es aquella que comprende los daños y perjuicios que le ha ocasionado en su vivienda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado