¿Debo confiar en cualquier contrato de trabajo que se me plantee?
Estimado amigo, el contrato de trabajo debe reunir determinadas formalidades mínimas que señala la ley en cuanto a su contenido, y salvo excepciones, debe ser escrito, más allá de eso hay libertad en su redacción. Sin embargo, sí es cierto que la propia seguridad social ofrece multitud de formularios que son los que se utilizan normalmente. En el caso que explica, parece ser que se trata de un contrato complejo, así que lo más recomendable es que lo examine algún abogado a fin de que pueda analizarlo y exponerle con claridad cual es el alcance real de las obligaciones de ambas partes, y si contiene algún tipo de cláusula en fraude de ley, que resulta más común de lo que debería.
Este contrato es del tipo de Representante de Comercio, que en este caso sería de duración determinada (5 años), en donde el sujeto obligado al pago de las cuotas de Seguridad Social sería usted, estando obligada la empresa a abonarle la parte de cuota empresarial mensualmente junto con la liquidación de comisiones y usted sumarle la parte de cuota obrera, cumplimentar los impresos y efectuar el pago. Por otro lado, es importante que un abogado supervise el contrato para comprobar que no contiene ninguna cláusula abusiva o en contra de ley. Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo.
JIONOS ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación
Buenas noche:
Por la información que usted me ha enviado, no tengo datos suficientes, sin antes leer el contrato de Freenlance.
Lo que si le digo, es que trabajar actualmente como autónomo y a comisión no es rentable.
Saludos