Dejadez del edifico por falta de comunidad organizada.
Hola. Buenos días.
En primer lugar debe dirigirse a la comunidad de vecinos para que contraten un servicio de limpieza y mantenimiento para las zonas comunes. Respecto a la luz comunitaria hay que ver si es obligación de la constructora del edificio haberla dejado instalada, y en su caso requirirla. Si la comunidad de vecinos no le hace caso puede probar en primera instancia a emitir una queja en la Consejería de Sanidad de su Comunudad Autónoma y en última instancia iniciar la vía judicial. No obstante, si lo desea, podemos ofrecerle una cita en nuestras oficinas y hablar sobre las posibles vías para solucionar el conflicto. Espero haberle sido de ayuda. Reciba un cordial saludo de nuestro equipo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
En sus escrituras constará el régimen de propiedad horizontal del edificio; lo normal sería constituir una junta, nombrar presidente, administrador (puede ser un profesional externo) y comenzar a tomar acuerdos y a que funcione la comunidad.
Si no consigue que los copropietarios contribuyan al sostenimiento de la comunidad, la misma, dispone de un procedimiento privilegiado para reclamar judicialmente lo adeudado.
Espero ponga en marcha la comunidad e inicie su actividad normal, para ello debe de ponerse en contacto con los propietarios interesados (algunos habrá) a fin de dar los primeros pasos.
Suerte, quedamos a su disposición, un cordial saludo.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
En todo edificio es obligatorio constituir una comunidad de propietarios, puesto que como usted indica, existen servicios comunes que tiene que ser atendidos con arreglo a la cuota que cada propietario tenga en el edificio razón por la cual puede exigir a sus vecinos que se constituya la comunidad y se proceda al reparto de los gastos. En el supuesto de que los vecinos se nieguen debe acudir a un abogado par a exigir judicialmente la constitución de la comunidad.
Un saludo
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Si ya tienen constituida la comunidad del edificio, es necesario celebrar una junta donde se expongan las necesidades de mantenimiento e higiene del edificio y la adopción de acuerdos necesarios, con previsión de las derramas que sean precisas.
Quedo a su disposición para cualquier consulta o asesoramiento.
Jesús Villodre