Delito seguridad vial
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Abogado de Alhama de Almería especializado en Derecho Tributario
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Contestado
Habida cuenta que la gravedad de lo que el Juzgador ha considerado como hechos probados (conducir tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial) y de la literalidad y consecuencias de la pena accesoria (pena por tiempo superior a 2 años), mucho me temo que tendrá que volver a examinar del carnet de conducir y obtener uno nuevo, no bastando la realización de curso de concienciación y recuperación de puntos detraidos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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