Derecho sobre un hijo reconocido

Quería preguntar qué derechos hay sobre un hijo reconocido, el padre no me pasa pensión ninguna, ni me ayuda en nada, mi hijo está en mi seguridad social, el padre no vive con nosotros. A efectos legales, que derechos tiene mi hijo y yo, ante está situación, mi hijo tiene 18 meses.

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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

El padre tiene la obligación legal de contribuir a los gastos de su hijo.

Si no están casados y tienen un hijo en común hay un procedimiento específico que se llama Guardia, Custodia y alimentos.

Si están casados, eso se reclama en el procedimiento de divorcio.

En cualquiera de los dos casos, en el procedimiento judicial usted tiene que reclamar que se le otorgue a usted la custodia, y que al padre se le imponga por sentencia judicial el pago de una pensión de alimentos.

Nuestro despacho está en Lugo, pero llevamos procedimientos en Villalba y en todos los partidos judiciales, si quiere una consulta más amplia, o que nos hagamos cargo de su caso no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado divorcios Lugo - Bermúdez & Asociados Abogados
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Buenas tardes:

Lo mejor sería fijar una cita inicial para poder valorar su caso, habrá que adoptar para con el menor una serie de medidas, estas son: custodia (única o compartida), vivienda familiar (en caso de existir), pensión de alimentos (techo, vestimenta, comida, etc), régimen de visitas (en función de la custodia).

El procedimiento puede ser más o menos rápido en función si el mismo es amistoso o puede hacer conflicto/contencioso.

Quedamos a su disposición para orientación previa a consulta, buen jueves.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes:

Si efectivamente el hijo está reconocido por su padre, aquel tendrá derecho a un pensión de alimentos y este tendrá el derecho/obligación a un derecho de visitas (otra cosa el que lo ejerza o no, siempre que Ud. ostente su guarda y custodia, algo que doy por hecho. Tendría que solicitar en un procedimiento judicial el pago de la pensión de alimentos así como de gastos extraordinarios para su hijo.

Quedo a su disposición.

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Abogado sucesiones y testamentos Lugo - María Jesús Lorenzo Gayoso
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Buenas tardes:
El padre tiene la obligación de contribuir a la manutención de su hijo y de contribuir a los gastos necesarios de educación, salud, etc. Como madre puede pedir la pensión de alimentos de su hijo y el padre también tiene derecho a un régimen de visitas con el menor.

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