Derecho laboral del trabajador por jubilación del empresario.
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Contestado
Tendrá que reclamar la incorporación a su puesto de trabajo por sucesión de empresa, art. 44 Estatuto de los Trabajadores, debiéndose subrogar en derechos y obligaciones del anterior empresario, siempre y cuando el nuevo empresario siga con la misma actividad en el mismo centro de trabajo y unidad productiva se la misma.
Para cualquier aclaración se puede poner en contacto en VERPA ASESORES
Reciba un saludo,
Joaquín Verdasco
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