FOGASA ha "cerrado el grifo" en los despidos objetivos...

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La reforma lleva en vigor desde el día 1 de enero de 2014, pero queremos recordaros que, Ministerio de empleo y Seguridad Social, ha suprimido el pago directo, por parte de FOGASA (previsto en el artículo 33.8 del Estatuto de los Trabajadores) de los 8 días por año, relativos a la indemnización por despido, concurrente en los supuestos de despidos objetivos por causas organizativas o de la producción, individuales o colectivos, en empresas de menos de 25 trabajadores.

Así, las Pymes de menos de 25 trabajadores (salvo aquellas que acrediten su situación de concurso y consiguiente incapacidad económica para hacer frente a dicha indemización/es), en los supuestos de despido objetivo, deberán sufragar íntegramente los 20 días por año de salario, establecidos legalmente como indemnización y,  con ello, evidentemente, se les encarecerán dichos despidos.

Para más información, podéis consultar nuestro Blog o poneros en contacto con nuestro Departamento de DERECHO LABORAL:

http://iurisbilbao.es/blog/2014/02/20/fogasa/

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