¿Cómo actuar sobre un despido objetivo?

Soy conserje, tengo 62 años y la comunidad me va aplicar despido objetivo porque en la portería-apartamento que tenía alquilada se les ha ido el inquilino, por lo que tienen que prescindir de mis servicios. ¿Tengo que ir al SMAC irremediablemente?. Y tenga que ir o no, ¿puedo acogerme a la prejubilación para mayores de 61 años después de estar apuntado los seis meses reglamentarios?.

Saludos y gracias anticipadas.

Respuestas de otros profesionales:
Premium
DENUNCIA A TU EMPRESA

DENUNCIA A TU EMPRESA

Abogado de Madrid especializado en Despidos

VER PERFIL
Contestado

Son dos cuestiones diferentes:

- DESPIDO: si no está conforme deberá acudir al SMAC para reclamarlo. Si está conforme no tiene que ir, la empresa le abonará la indemnización de 20 días de salario por año trabajado y acudir al SEPE (Inem) para solicitar su prestación por desempleo.

- JUBILACION: para acudir a la jubilación anticipada hay que ver si cumple los requisitos de la misma (edad, años cotizados, etc). Le recomiendo que vaya solicitando una vida labora y un informe de bases de cotización en la Seguridad Social (presencialmente o vía web www.seg-social.es)

Si necesita ayuda ya sea para el Despido o para la Jubilación, no dude en contactar y le ayudaremos www.denunciaatuempresa.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Laboral LaboralClic
Contestado

Buenos días
en primer lugar habría que analizar si exactamente su despido reúne los requisitos de despido objetivo. En ese caso no sería necesario acudir al SMAC. Le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado ya que si decide impugnarlo como improcedente solo tendría 20 días para hacerlo y en su caso tendría derecho a paro si reúne los requisitos de cotización.

A continuación habría que analizar lo referido a la posible prejubilación.

Como ve habría que analizar más el caso por lo me pongo a su disposición para lo que necesite.
Nuestro despacho está en Madrid. C/Ruiz de Alarcon 14
Puede contactar tb por mail jcasanovas@iberlegis.com
Le envío un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Hola buenas tardes, no es la comunidad quien decide como despedirlo. Para poder hacerlo por causas objetivas, se tienen que dar una serie de requisitos.
Si éstos no se dan, el despido sería improcedente y le corresponden 33 días por año trabajado (45 días hasta febrero de 2012) en lugar de 20.
Le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado en el mismo momento que reciba la carta de despido. Solamente tiene veinte días para impugnarlo.
De esa manera también comprobará que las cantidades que figuran en el finiquito son las correctas. Además le tienen que notificar el despido con quince días de antelación. De lo contrario le deben indemnizar por ello.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Despido Colectivo Madrid Quilez Abogados
Contestado

Si Ud. está conforme con el despido objetivo y la indemnización de 20 días por año que le tienen que abonar, no hace falta que reclame ante el SMAC. Con ese despido puede acudir al desempleo y una vez que se le agote el desempleo habría que mirar si reúne los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Si por el contrario no está de acuerdo con las causas del despido tiene 20 días hábiles para interponer papeleta de conciliación en el SMAC y la posterior demanda en caso de que no haya acuerdo. Si necesita más ampliación contacte con nosotros. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
VELA ABOGADOS

VELA ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes. Necesariamente no tiene que ir al SMAC a impugnar el despido. Lo conveniente sería revisar toda la documentación para estudiar que el despido es correcto, así como el cálculo de la indemnización y el finiquito.
En cuanto a la prejubilación de la que habla, habría que estudiar si reúne los requisito para ello.
Contacte con nosotros y le ayudaremos. Un cordial saludo.
Cristina.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
AC ABOGADOS

AC ABOGADOS

Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

Contestado

Le recomiendo que contacte cuanto antes con un abogado especialista en materia laboral. Nosotros no somos de Madrid pero si usted quiere podemos recomendarle algunos abogados de su zona especialistas en la materia.
info@abogadosac.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor