¿Cómo actuar sobre un despido objetivo?
Son dos cuestiones diferentes:
- DESPIDO: si no está conforme deberá acudir al SMAC para reclamarlo. Si está conforme no tiene que ir, la empresa le abonará la indemnización de 20 días de salario por año trabajado y acudir al SEPE (Inem) para solicitar su prestación por desempleo.
- JUBILACION: para acudir a la jubilación anticipada hay que ver si cumple los requisitos de la misma (edad, años cotizados, etc). Le recomiendo que vaya solicitando una vida labora y un informe de bases de cotización en la Seguridad Social (presencialmente o vía web www.seg-social.es)
Si necesita ayuda ya sea para el Despido o para la Jubilación, no dude en contactar y le ayudaremos www.denunciaatuempresa.com
Abogado Laboral LaboralClic
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
Buenos días
en primer lugar habría que analizar si exactamente su despido reúne los requisitos de despido objetivo. En ese caso no sería necesario acudir al SMAC. Le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado ya que si decide impugnarlo como improcedente solo tendría 20 días para hacerlo y en su caso tendría derecho a paro si reúne los requisitos de cotización.
A continuación habría que analizar lo referido a la posible prejubilación.
Como ve habría que analizar más el caso por lo me pongo a su disposición para lo que necesite.
Nuestro despacho está en Madrid. C/Ruiz de Alarcon 14
Puede contactar tb por mail jcasanovas@iberlegis.com
Le envío un cordial saludo
Hola buenas tardes, no es la comunidad quien decide como despedirlo. Para poder hacerlo por causas objetivas, se tienen que dar una serie de requisitos.
Si éstos no se dan, el despido sería improcedente y le corresponden 33 días por año trabajado (45 días hasta febrero de 2012) en lugar de 20.
Le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado en el mismo momento que reciba la carta de despido. Solamente tiene veinte días para impugnarlo.
De esa manera también comprobará que las cantidades que figuran en el finiquito son las correctas. Además le tienen que notificar el despido con quince días de antelación. De lo contrario le deben indemnizar por ello.
Un saludo.
Abogado Despido Colectivo Madrid Quilez Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Seguridad Social
Si Ud. está conforme con el despido objetivo y la indemnización de 20 días por año que le tienen que abonar, no hace falta que reclame ante el SMAC. Con ese despido puede acudir al desempleo y una vez que se le agote el desempleo habría que mirar si reúne los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Si por el contrario no está de acuerdo con las causas del despido tiene 20 días hábiles para interponer papeleta de conciliación en el SMAC y la posterior demanda en caso de que no haya acuerdo. Si necesita más ampliación contacte con nosotros. Saludos
Buenas tardes. Necesariamente no tiene que ir al SMAC a impugnar el despido. Lo conveniente sería revisar toda la documentación para estudiar que el despido es correcto, así como el cálculo de la indemnización y el finiquito.
En cuanto a la prejubilación de la que habla, habría que estudiar si reúne los requisito para ello.
Contacte con nosotros y le ayudaremos. Un cordial saludo.
Cristina.
AC ABOGADOS
Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común
Le recomiendo que contacte cuanto antes con un abogado especialista en materia laboral. Nosotros no somos de Madrid pero si usted quiere podemos recomendarle algunos abogados de su zona especialistas en la materia.
info@abogadosac.es