Derecho de mi madrastra
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Contestado
Vd. a todos los efectos es hijo, por casamiento con su padre, (adopción, según el artículo 176.1.2.ª del Código Civil) de su madre adoptiva, por lo que tiene los derechos de un hijo y preferencia sobre los sobrinos de ésta a la hora de heredar.
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