Descanso en la jornada laboral

Si hago más de 6 horas de trabajo me corresponde un descanso, ¿ese descanso debe estar dentro de mis horas de trabajo o fuera?
Tengo un contrato indefinido de 40 horas semanales en comercio textil. Desde el año 2010, hasta abril de 2013 trabajaba 7 horas 6 días a la semana con 20 minutos de descanso. Al final de la semana hacía un total de 42 horas por el descanso de todos los días por hacer más de 6 horas ¿el descanso de 20 minutos no debería estar dentro de mis 40 horas semanales y no hacer 42 horas como hice durante 3 años? En caso de que tuviese que estar dentro de las 40 horas ¿puedo reclamar que me devuelvan o paguen esas horas y cómo hacerlo?

Gracias

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Buenas tardes.
Efectivamente la ley establece que el periodo de descanso debe incluirse dentro de la jornada laboral.
No obstante habría que analizar muy bien su contrato de trabajo y el convenio colectivo que se le aplica y observar que establecen al respecto.
A partir de aquí convendría analizar hasta donde podría llegar su posibilidad de reclamar.

Por otra parte, aparte de la vía judicial también existe la posibilidad de, en su caso, acudir a la mediación, que es una solución menos costosa e igualmente efectiva.

Desde nuestro despacho le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros para asesorarle en ambas soluciones.
Le envío un cordial saludo.

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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

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El descanso es independiente del número de horas que realice en la jornada, y efectivamente si tiene pactadas en contrato una cantidad de horas, no tendría obligación de hacer más, como tampoco de descansar fuera del horario de trabajo, conforme el Estatuto de los Trabajadores, y el espíritu de los Convenios Colectivos es mejorar los derechos mínimos del trabajador, no empeorarlos. Tendría que formular una demanda ante los Juzgados de lo Social, previa papeleta ante el SMAC.

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Abogado de Alcorcón especializado en Procesal Penal

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Buenos días.

Dependerá de lo que estipule tu convenio, donde se especificará el tema del descanso.

Un saludo
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