Descuento máximo por embargo de la pensión

Estaba cobrando de mi pensión descontándome el embargo durante el año en curso neto al mes 1.650,00 € y este mes me pagan1.253,85 €. ¿Es legal un incremento en el descuento de unos 397,00 €
¿Cómo puedo recurrir?
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado derecho civil y familia en Madrid - Mercedes Rivero González
Contestado

Para poder contestar a esta pregunta es necesario saber en primer lugar el tipo de embargo de que se trata.
Por ejemplo, en los embargos derivados de deudas civiles, el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que es inembargable el salario mínimo interprofesional y de la cantidad que excede del SMI, hay que respetar una escala para embargar, pero si se trata de una deuda de alimentos, no es aplicable lo anterior y el tribunal determina la cantidad embargable teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado derecho civil y familia en Madrid - Mercedes Rivero González
Contestado

Para poder contestar a esta pregunta es necesario saber en primer lugar el tipo de embargo de que se trata.
Por ejemplo, en los embargos derivados de deudas civiles, el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que es inembargable el salario mínimo interprofesional y de la cantidad que excede del SMI, hay que respetar una escala para embargar, pero si se trata de una deuda de alimentos, no es aplicable lo anterior y el tribunal determina la cantidad embargable teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Contestado

Depende de la causa del embargo; no es lo mismo el impago de pensión de alimentos que Hacienda. Puede recurrir al órgano que ordena el embargo.

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