Despido disciplinario y reconocimiento de deuda

Hola,

Hace mañana un año dejé la empresa por falta de cobro. Llegamos a un acuerdo y me hicieron un despido disciplinario para poder cobrar el paro. La deuda me la reconocieron en un documento de reconocimiento de deuda donde se comprometían a pagar en 18 meses, cosa que no han hecho.

Quiero denunciar. ¿Es válido este documento? No está firmado ante notario, la firmó la empresa, un testigo y yo. Está con el sello de empresa.
¿Es válido este documento para denunciar? ¿Tengo alguna posibilidad?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno

Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes

Aunque no sea un documento otorgado ante notario, es una prueba, y eso nos permite proceder contra la empresa; si además tiene testigos mejor.

Por lo tanto es obvio que tiene posibilidades, aunque una cuestión importante es que la empresa sea solvente o no.

Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar

Reciba un atento y cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Sí. La empresa le ha reconocido la deuda que mantiene con Vd. en un documento firmado y sellado por ella, por lo que ese documento es válido para exigirle su pago ante tribunales en caso de que voluntariamente y en las fechas que diga el documento no se la satisfagan.

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Estrado Abogados

Estrado Abogados

Abogado de Ourense especializado en Responsabilidad Civil

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Buenas tardes,
Efectivamente el documento privado de reconocimiento de deuda es válido para reclamar dicho incumplimiento.
No dude en contactarnos para mayor ahondamiento.
Prestamos servicios en Vigo.
www.estradoabogados.com

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Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
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Presenta demanda de conciliacion no SMAC para interrumpir a prescripcion xenerica de 1 ano. XA. SAUDOS

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