¿Qué gastos tiene que pagar mi ex en concepto de pensión de alimentos?

Buenos días,

Tengo la custodia de mis 2 hijas, y la manutención que me pasa me ex es la de alimentos. Se niega al resto de gastos.

Mi pregunta es: ¿cuáles son los gastos extras que sí tiene que pagar él?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Civil Palencia Jesús Javier Gaisán Gutierrez

Abogado Civil Palencia Jesús Javier Gaisán Gutierrez

Abogado de Magaz de Pisuerga

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Buenos días. En principio y salvo que esté establecido otra cosa cuando te quedaste con la custodia, la ley y la amplia jurisprudencia que trata el asunto establecen los siguientes gastos compartidos: gastos medicos no cubiertos por seguridad social, clases de apoyo cuando estas sean necesarias, Incluso hay sentencias en que los gastos de educacion se comparten al 50 % libros, matrícula, mensualidad, autobus) aunque yo no lo veo tan claro pues dependerá muy mucho de los niveles de renta de los padres. En lineas generales esto va así. Para determinar exactamente lo que corresponda habría que estudiar lcada caso específicamente. Desde mi despacho nos ponemos a tu disposición. Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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CRISÓSTOMO ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Reclamaciones de Impagados

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Depende de lo que hayais recogido en el convenio regulador. Pero entiendo que, como en todos, pondrá el 50% de los gastos extraordinarios de las menores.
Creo serán libros, matrículas, ortodoncias, ópticas etc pero el 50% de los gastos extraordinarios corren de cuenta de cada padre.
Normalmente en los convenios que en este despacho hacemos los dejamos muy bien especificados, hay que leer el convenio y reclamar, entiendo que serán los de los libros, material escolar y matrículas.

Lea el convenio bien. Es importantísimo que el convenio sea muy claro, luego se ocasionan muchos problemas por no recogerlo todo bien.

MANUELA CRISÓSTOMO GARCÍA

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días

Bueno, habría que leer la sentencia, lo cual haría con mucho gusto sin coste alguno, pero alimentos son: comida, vestido, alojamiento, material escolar, comedor escolar y gastos escolares, actividades extraescolares, mutua de salud.

Si usted tiene la custodia plena, entonces su ex debe pasarle más pensión en proporción, en función de lo que gane (hay unas tablas orientativas muy útiles en la web del Consejo General del Poder Judicial) Pero todo eso ya debería haber sido objeto del convenio o del proceso judicial.

Espero haberle sido de ayuda.

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CRISÓSTOMO ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Reclamaciones de Impagados

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Todo depende del convenio regulador que en su día firmaran.
Lo normal es que en el convenio se recoja que los gastos extraordinarios de las menores se pagan al 50% entre cada cónyuge, gastos extras son:
- Matrículas
- Libros
- Clases particulares
- Gastos sanitarios no cubiertos por el Sistema Nacional de Salud.

Pero repito, todo depende de lo que hayan firmado en el convenio, por eso es muy importante hacer los convenios muy bien y especificar todo al milímetro, luego ocurren follones y malos entendidos. Es importantísimo el convenio.

MANUELA CRISÓSTOMO

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Javier Antonio Arandia García

Abogado de Logroño especializado en Derecho de Familia

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Depende del convenio regulador.

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