Deuda alquiler vivienda

debemos como 2 años casi completos de alquiler, 2011 y 2013, me lo pueden exigir todo o parte ya esta prescrita

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MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Lamento decirle que no ha prescrito, el término de prescripción para el pago de los arrendamientos es de cinco años, y si, puede ser reclamada de golpe, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Contestado

Si se lo pueden exigir ya que la accion para reclamar por deudas por alquiler de vivienda prescribe a los cinco años.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado