Deuda seguridad social.

Contraje una deuda con la seguridad social el año 2006 . Hasta la fecha no han podido cobrar a través de embargo .ya que no dispongo de trabajo ni propiedades. Es decir no tengo patrimonio alguno.debe de haber prescrito. Cómo solicito la prescripción o la insolvencia.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Sin ver el expediente que ha dado lugar a la deuda y sin saber cuándo se ha realizado el último trámite por la Administración no se puede saber si la deuda ha prescrito. Si desea ampliarnos la información, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Como le han referido habría que ver el expediente y saber cuándo se ha realizado el último trámite por la Administración.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Lamento comunicarle que las deudas al INSS nunca prescriben, atendiendo a que van vinculadas a las prestaciones.

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