División de comunidad de bienes

Tengo un local comercial a partes iguales entre mis padres y mi esposa.
Si mis padres desean extinguir esta comunidad de bienes, adjudicándonos su participación ¿estaría obligado al pago de impuestos?

El local en realidad es de mi mujer y mío porque se lo pagamos a mis padres hace ya algún tiempo, aunque sigue figurando a nombre de los cuatro.
Ahora estoy interesado en poner el local en alquiler y veo que deberíamos darnos de alta en el 036, tanto mis padres como nosotros, y probablemente esto les acarrearía alguna repercusión.

Mis padres son pensionistas y no hacen declaración de IRPF, mi padre por minusvalía y mi madre por estar exenta por bajos ingresos. De igual modo, también estamos pensando en realizar testamento, tanto ellos como nosotros puesto que no disponemos de él. Quizá sería el momento de deshacer la comunidad de bienes, o directamente que les cedieran su parte a mis hijas (mayores de edad) o quizá que entrasen ellas en la comunidad de bienes del local, de modo que ellos ya no estén y sí estemos nosotros. O bien, se quedan mis padres como comuneros pero con un porcentaje total de, pongamos, el 0,1%, y en su testamento me lo adjudican directamente.

En fin, no sé muy bien cómo realizar esto para que no me penalice en exceso, me sea lo menos gravoso posible y pueda evitar perjuicios en un futuro tanto a mis padres, como a mis hijas y nosotros mismos.
A su vez, he leído que si se extingue voluntariamente la comunidad de bienes, algunas Comunidades Autónomas obligan a pagar Impuesto de Transmisiones y algunos Ayuntamientos el Impuesto de plusvalía, aunque también, al parecer, otras comunidades no lo hacen. ¿Qué hay de esto?

Finalmente, también me gustaría saber, si dejo todo tal y como está y si se extinguiera la comunidad de bienes por fallecimiento de algún titular, la resolución del problema supongo que sería más complicada (y gravosa) que ahora.

Gracias

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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