Divorcio manutención
Abogado Despidos Madrid Santiago Recuero Astray
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
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1 profesionales de acuerdo
En primer lugar no es lo mismo si el divorcio se lleva a cabo en España o en Bolivia.
Si es en España y Vds. no tienen hijos el juez puede o no decretar una pensión de alimentos de uno de los cónyuges a otro (siempre a petición e uno de ellos) si considera que el divorcio produce un desequilibrio económico, que el otro cónyuge ha aportado esfuerzo y trabajo a la vida en común y a las posibilidades económicas de ambos. Si su mujer es jóven y está en edad de trabajar lo normal es que el Juez no le conceda ninguna pensión económica o, si se la da, sea por un tiempo limitado.
Quizá lo mejor que podría hacer Vd. es iniciar los trámites de divorcio en España y así es el primero en pedir al Juez como debe regularse el mismo.
Para cualquier aclaración estoy a su disposición.
Buenos días. Si Vd solicita el divorcio (puede ser de mutuo acuerdo o contencioso) será el juez el que determine si cabe o no la pensión compensatoria a su esposa, es sí, teniendo en cuenta los ingresos de Vd, la edad de ella...La pensión compensatoria, se dá cuando uno de los cónyuges se encuentra en desequilibrio económico, y que lo solicita, lo habrá de probar. A mi entender, si su esposa está en edad de trabajar, el juez no le debería dar pensión alguna. Para cualquier consulta, no dude en ponerse en contacto con el despacho. Un saludo
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
En principio, la Ley(art.97 C.C.) contempla una pensión compensatoria, que el Juez puede fijar en sentencia. Para el cálculo de esta pensión se tienen en cuenta diversas circunstancias como los acuerdos entre los cónyuges, la situación económica de uno y otro, la edad y el estado de salud del otro cónyuge, la dedicación a la familia, etc. Mi consejo es que no acuerde nada sin antes hablar con un abogado. Quedo a su disposición para cualquier consulta.
PORTERO y PEÑA tus ABOGADOS
Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género
En principio no está obligado a pagarle a ella ninguna manutención, en todo caso deberá establecerla un juez y, para que la acuerde, debe existir una gran diferencia entre los ingresos de ella y los de usted, pero además, pero además el juez deberá tener en cuenta la duración del matrimonio y la dedicación a la familia de ella.
En principio, niéguese a firmar acuerdo alguno que establezca esa pensión, no admita chantajes.
Le atenderemos gustosamente en el teléfono 659889993
Hay que tener más datos para concretarle mejor. Si tienen hijos, si ella trabaja, cuánto tiempo llevan casados, las cargas matrimoniales, bienes.. todo ello se matiza en el convenio regulador y es el juez quién decide si tiene que darle una manutención o no.
Contacte con un abogado para iniciar los trámites adelantándose Ud. a iniciar el procedimiento.
Un saludo
www.johnsonabogados.com
Además de todo lo expuesto por los compañeros, habría que tener en cuenta el tiempo que han estado Udes. casados. Si es poco tiempo lógicamente el desequilibrio será menor y si ella está en condiciones de trabajar es muy probable que no tenga que pagar pensión compensatoria.