Gastos inmueble divorcio
Buenas tardes. El pago del IBI corresponde al propietario. Cosa distinta es que en el contrato de arrendamiento se pacte que lo pague el inquilino. En su caso, entiendo que ambos son los propietarios del inmueble. Claro que es lícito que ella pague el IBI. Entre las partes, si éstas están de acuerdo es válido. Si no está de acuerdo en pagarlo, entonces deben pagarlo a medias, puesto que los dos siguen siendo titulares dominicales. Quedo a su disposición en el teléfono 678045066. Un cordial saludo.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Si el inmueble está ubicado en Cataluña y ambos tienen vecindad catalana, desde el 1 de enero de 2011 el IBI debe pagarlo el usuario del inmueble; en caso contrario, dependerá quien sea el propietario. Para cualquier otra información quedo a su entera disposición.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Deberá pagarlo quien disfrute del bien.
LOLA TORMO-abogados-
615 517 528
Según el codi civil de catalunya, el IBI será a cargo del que tenga atribuido el uso.