Gastos inmueble divorcio

Estoy divorciado sin hijos y tengo una casa en común con mi ex mujer. Hemos llegado a un acuerdo en el que ella me alquila el inmueble, y yo pago una parte de la hipoteca, ya que lo que paga por el alquiler se toma como beneficios comunes y llegamos a un arreglo para que yo solo pagara una parte. Ella es quien vive en la casa. Se ha quedado con todos los muebles, tanto los comunes como los que yo aporté, sin haber hecho inventario, ni ha pagado nada por ellos. Ahora viene el IBI y quiero saber si me corresponde pagar la mitad o si sería lícito llegar a un acuerdo en el que lo pagará ella, ya que disfruta del inmueble, de los enseres y no ha compensado nada. Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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LORENA ARIAS HIDALGO

Abogado de Huelva especializado en Derecho Penal

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Buenas tardes. El pago del IBI corresponde al propietario. Cosa distinta es que en el contrato de arrendamiento se pacte que lo pague el inquilino. En su caso, entiendo que ambos son los propietarios del inmueble. Claro que es lícito que ella pague el IBI. Entre las partes, si éstas están de acuerdo es válido. Si no está de acuerdo en pagarlo, entonces deben pagarlo a medias, puesto que los dos siguen siendo titulares dominicales. Quedo a su disposición en el teléfono 678045066. Un cordial saludo.

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Si el inmueble está ubicado en Cataluña y ambos tienen vecindad catalana, desde el 1 de enero de 2011 el IBI debe pagarlo el usuario del inmueble; en caso contrario, dependerá quien sea el propietario. Para cualquier otra información quedo a su entera disposición.

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ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Deberá pagarlo quien disfrute del bien.
LOLA TORMO-abogados-
615 517 528

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Martínez-Roges Advocats

Martínez-Roges Advocats

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Según el codi civil de catalunya, el IBI será a cargo del que tenga atribuido el uso.

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