Documentos de herencias
DP+C LEGAL ABOGADOS Y CONSULTORES
Abogado de Coruña especializado en Derecho Administrativo
Su hermano puede solicitarle los documentos que desee y Usted podrá dárselos o no. No tiene obligación legal de facilitárselos y lo normal es que el juzgado desestime cualquier demanda en este sentido o falle a favor de la demandada que alegue que son parte del ajuar de la casa que le corresponde o, incluso, que declare no tenerlos.
Lo normal es que esos documentos estén a disposición de los herederos aunque los posea uno de ellos pero Usted sabrá el porqué de no dejárselos.
No obstante, sepa que, aún siendo normalmente un camino tedioso y caro, su hermano sí puede acceder a esas escrituras si demuestra su legítimo interés y esto sin necesidad de acudir a la vía judicial sino mediante su solicitud en la notaría donde se hayan firmado o al colegio notarial que corresponda
En primer lugar, lo lógico sería ver qué dicen los testamentos de ambos progenitores si es que los otorgaron en su día. Después habría que ver las partijas del reparto de la herencia. Y, en principio, el heredero de la casa tendría que dar al otro únicamente los documentos que sean los títulos correspondientes a los bienes que a él se le adjudicaron. De reclamarle los documentos judicialmente, y si antes le requirió para su entrega, como se dice en la consulta, lo más probable es que le impongan a Vd. las costas. Para cualquier duda quedo a su disposición.