Duda de alta y baja en un trabajo
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
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Buenas tardes,
El trabajador tiene que comunicar a la empresa su decisión de causar baja voluntaria con el preaviso que venga indicado en el Convenio Colectivo o el que se haya pactado en el contrato de trabajo . Si no, con 15 días naturales, que es el preaviso habitual. En el caso de que el trabajador no cumpla este preaviso, el empresario puede descontar del finiquito los días que falten del preaviso, o incluso reclamárselos, en el caso de que el descuento sea superior al finiquito.
En algunas ocasiones la empresa, además de descontar la falta de preaviso, puede reclamar al trabajador por daños y perjuicios. La empresa tendrá que demostrar estos daños y perjuicios. Normalmente no se realizan estas reclamaciones, pero en algún caso si podría producirse.
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Debería darles un preaviso de 15 días, no obstante a efectos de poder evitar dicho preaviso, si no se presenta a la empresa a trabajar, la misma le despedirá disciplinariamente, con lo que se ahorrará tener que avisarles.