Dudas sobre el contrato de trabajo
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
debe usted contemplar lo que , respecto a este supuesto, contempla el convenio colectivo del sector. En general el empleado mo puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo y el sistema de turnos es una de las modificaciones sustanciales que da derecho al trabajador a , bien a solicitar la rescisión de su contrato con derecho a la indemnización correspondiente o a reclamar anete la jurisdicción laboral . Usted debe de aceptar la orden y poner la demanda .
Debería acudir a la consulta de un despacho de abogados especialistas en derecho laboral.
www.laviadaabogados.com
Para darle una respuesta concreta sería necesario saber cual es su Convenio Colectivo. Si le quieren hacer modificaciones en sus condiciones de trabajo, como por ejemplo, el hacer turnos, la empresa como mínimo se lo deberá comunicar por escrito con 15 días de antelación, usted podrá rescindir su contrato con derecho a indemnización o acatar la decisión e impugnarla ante el juzgado.
En todo caso, los mas recomendable es que se ponga en contacto con un abogado para que le de una solución atendiendo a las peculiaridades de su caso. Si lo desea, estaré encantado de atenderle.
Un saludo
Marina Garcia
Abogados Divorcio Plasencia Esmeralda Hernández García
Abogado de Plasencia especializado en Derecho Civil General
Hola, lo primero que habría que ver es tu contrato y el convenio colectivo de tu sector a ver que dice con respecto a los días festivos. En relación a los turnos, si no lo estabas haciendo y te lo exigen ahora, en principio creo que lo conveniente es acatar la orden o no, pero si no estás conforme, deberías presentar una demanda cuanto antes. Lo mejor es que acudas a la consulta de un abogado y le lleves toda la documentación para que pueda aconsejarte que es lo que realmente conviene hacer.
Un saludo.
Esmeralda Hernández García.
ehgabogados@gmail.com
Buenos días.
Para ver todos estos detalles, habría que mirar su convenio colectivo, en el que se indican los días festivos, entre otras cosas. En cuanto a lo de hacer turnos, se atendrá a lo que pone en el contrato, pero también vendría en convenio colectivo.
En este despacho, la primera consulta es gratuita. Quedamos a su disposición para poder consultar el convenio colectivo.
Un saludo.
LUIS MIGUEL PARRO PICO