Dudas sobre el contrato de trabajo

Hace 3 años empecé a trabajar con un contrato de relevo, categoría profesional expendedor de estación de servicio y jornada laboral de 40 horas de lunes a viernes. ¿Pueden obligarme a hacer turnos?

Tengo contrato indefinido, e incluyeron una cláusula en el contrato que pone que en ocasiones puedo desarrollar tareas administrativas, pero mi contrato solo indica aparte el asunto de las 40 horas semanales en jornada de lunes a viernes. Si hay festivos entre semana, ¿puedo trabajar esos festivos?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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debe usted contemplar lo que , respecto a este supuesto, contempla el convenio colectivo del sector. En general el empleado mo puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo y el sistema de turnos es una de las modificaciones sustanciales que da derecho al trabajador a , bien a solicitar la rescisión de su contrato con derecho a la indemnización correspondiente o a reclamar anete la jurisdicción laboral . Usted debe de aceptar la orden y poner la demanda .
Debería acudir a la consulta de un despacho de abogados especialistas en derecho laboral.
www.laviadaabogados.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Marina García. Abogada

Marina García. Abogada

Abogado de Navalmoral de la Mata especializado en Derecho Civil

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Para darle una respuesta concreta sería necesario saber cual es su Convenio Colectivo. Si le quieren hacer modificaciones en sus condiciones de trabajo, como por ejemplo, el hacer turnos, la empresa como mínimo se lo deberá comunicar por escrito con 15 días de antelación, usted podrá rescindir su contrato con derecho a indemnización o acatar la decisión e impugnarla ante el juzgado.
En todo caso, los mas recomendable es que se ponga en contacto con un abogado para que le de una solución atendiendo a las peculiaridades de su caso. Si lo desea, estaré encantado de atenderle.
Un saludo
Marina Garcia

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Abogados Divorcio Plasencia Esmeralda Hernández García
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Hola, lo primero que habría que ver es tu contrato y el convenio colectivo de tu sector a ver que dice con respecto a los días festivos. En relación a los turnos, si no lo estabas haciendo y te lo exigen ahora, en principio creo que lo conveniente es acatar la orden o no, pero si no estás conforme, deberías presentar una demanda cuanto antes. Lo mejor es que acudas a la consulta de un abogado y le lleves toda la documentación para que pueda aconsejarte que es lo que realmente conviene hacer.
Un saludo.
Esmeralda Hernández García.
ehgabogados@gmail.com

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LUIS MIGUEL PARRO PICO

LUIS MIGUEL PARRO PICO

Abogado de Coria especializado en Derecho Procesal

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Buenos días.

Para ver todos estos detalles, habría que mirar su convenio colectivo, en el que se indican los días festivos, entre otras cosas. En cuanto a lo de hacer turnos, se atendrá a lo que pone en el contrato, pero también vendría en convenio colectivo.

En este despacho, la primera consulta es gratuita. Quedamos a su disposición para poder consultar el convenio colectivo.

Un saludo.

LUIS MIGUEL PARRO PICO

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