Efectividad de un convenio regulador
Cualquier acuerdo privado que no haya tenido acceso al Juzgado y por lo tanto, no haya sido informado por el Ministerio Fiscal, no tiene ningún tipo de validez legal.
Para que vd. pueda exigir el cumplimiento del mismo, es indispensable que se ratifique el mismo judicialmente, para lo cual habrá de presentarse la correspondiente demanda de separación y medidas personales y alimentos junto con el convenio regulador que regirá entre las partes, si es que la demanda se presenta de mutuo acuerdo.
Si no hay acuerdo habrá vd. de presentar la demanda, la contraparte contestarla y resultará el Juez el que finalmente y en base a las peticiones de las partes obrantes en la demanda y contestación a la misma, determinará las medidas.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
La validez que tiene es de mera prueba privada, tiene que solicitar su ratificación ante el Juzgado y si no prestara su conformidad le recomendamos solicite medidas judiciales de pensión de alimentos, régimen visitas, custodia, y en su caso si procediera, según sus circunstancias, uso del hogar familiar y pensión compensatoria, pudiendo solicitar ejecución en caso de incumplimiento.
BOMBÍ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
El convenio regulador es válido como documento privado. Si quiere reclamar la pensión de alimentos deberá existir una sentencia que aprueba el convenio o bien interponer una demanda de alimentos para después reclamar al pago de la pensión. Atentamente www.bombi-abogados.es
ABOGADO ALICANTE SANTIAGO CÁMARA
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
El convenio no tiene validez si no ha sido ratificado en el Juzgado y consta en sentencia judicial. Deberá instar el divorcio presentando el convenio regulador. No obstante, si no se ratifica no tendrá validez.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, lamentó decirte que precisas de esa ratificación, te aconsejamos contactes con un abogado a fin de que pueda ayudarte.Un saludo. www.agabogados.cat