Ejecución forzosa de pensión de alimentos

Hola,

Cobro 426 euros de la ayuda social por desempleo. Mi deuda es muy grande, es de 19.000 euros por impagos parciales de la prestación de alimentos. Me quitan por ejecución forzosa 270 euros, que es legal que se haga, pero mi pregunta es: 270 euros es el 60 o 65 por ciento de la ayuda.

¿Es eso legal?

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Abogado Divorcios Nulidades Albacete - Antonio Ruiz López
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Si, al ser lo adeudado pensión por alimentos, no rigen las limitaciones sobre el Salario Mínimo Interprofesional o ayuda al desempleo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
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Habría que ver si se lo descontaron de la ayuda (es inembargable) o de saldo de cuenta corriente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado