Ejecución hipotecaria.

Buenas tardes:
Soy jubilado con una pensión de 1323€ y tengo varias dudas sobre la fase de SUBASTA:
- Al quedar fijada fecha para subasta, ¿cómo puede asegurarme de que se me revisan los intereses de demora desde el mes de mayo, dado que el Banco aplica el 24% en lugar del 12%?, ¿y en lo relativo a la aplicación de la inembargabilidad del salario del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio?. ¿Es necesario ir acompañado de abogado y procurador para que el secretario judicial recoja ambas cuestiones en su auto?.
- ¿Qué plazo existe desde la subasta hasta que se produce el desahucio de forma efectiva?. Tengo posibilidad de alquilar una vivienda y quisiera marcharme cuanto antes.
Agradeciéndoles su atención, reciban un cordial saludo. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Miguel Guillén LLovería

Miguel Guillén LLovería

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Debe estar personado en el procedimiento con abogado y procurador, y plantear incidente de nulidad por interereses abusivos y cualesquiera otras cuestiones procesales y de fondo que puedan favorecerle.

Desde la subasta hasta el desahucio transcurre como mínimo 1 mes, prorrogable por otro, pero en la práctica y con abogado personado recurriendo las resoluciones y dilatando el procedimiento, el plazo puede alargarse 5 ó 6 meses.

Puede ponerse en contacto conmigo para un asesoramiento más detallado.

Si desea marcharse cuanto antes, puede entregar las llaves a la parte ejecutante y hacerlo constar en el Juzgado.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado