Ejecución de sentencia y subída ipc
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
-
1 voto útil
Respecto de su primera cuestión, habrá que ver cómo se articula dicha ejecución, pues ni siquiera concreta sobre que basa su incumplimiento, evidentemente si se trata del derecho de visitas, las resoluciones favorables le beneficiarán, consúltelo no obstante con su abogado que conoce los antecedentes y circunstancias del caso; respecto de la segunda, le hago la misma consideración de consulta al profesional que le defiende, pues sin contar con la resolución o convenio que fija la pensión no se puede determinar si es el IPC u otro factor el que la actualiza. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
-
1 voto útil
Buenos días.
En cuanto a la demanda de ejecucion, se puede tramitar, pero desde luego con los antecedentes que hay, ya tiene pruebas para acreditar que no es cierto y poder defender sus intereses.
Respecto a la pensión, efectivamente se actualiza anualmente, en su caso la variación total es del 3,7, por lo que la pensión actualizada sería de 207,40€.
Quedamos a su disposición para cualquier cosa que pudiera necesitar.
-
1 voto útil
Buenos días,
Evidentemente su ex puede presentar una demanda de ejecución, pero con esas absoluciones hay suficientes argumentos de defensa para oponerse. Por lo que respecta a la pensión habría que ver la resolución o convenio que la fija para ver cuando se actualiza, si al año (junio) o a principios de año, y si es a través del IPC (aunque es lo normal).
Estoy a su disposición.
Saludos.
-
1 voto útil
Buenos días. Comparto lo dicho por mis compañeros. Dificilmente puede prosperar la demanda de ejecución civil existiendo un pronunciamiento penal absolutorio sobre los mismos hechos .