Eliminacion clausula suelo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
La STS 241/2013, de 9 de mayo, sobre la validez e invalidez de las cláusulas suelo, incluidas básicamente y con cierta asiduidad en las condiciones generales de los contratos de préstamo hipotecario de interés variable, que tiene una trascendencia notoria, como refleja el hecho de que se trata de una sentencia del Pleno del Tribunal Supremo, Sala Primera, con el fin de crear por si misma jurisprudencia. En relación con dicha sentencia es menester traer a colación diversas resoluciones judiciales, en las que se declara la nulidad de la cláusula suelo con carácter retroactivo. En este sentido tenemos el AJPI número 1 de Barcelona, de 11 de mayo de 2013 ( dictado en la ejecución hipotecaria núm. 418/2012), la SJM número 2 de Málaga de 23 de mayo de 2013 (juicio ordinario 20/2013) condena a la entidad demandada a devolver a los prestatarios todas las cantidades que estos habían pagado de más por la aplicación de la referida cláusula suelo, la SJM número 10 de Barcelona, de 7 de junio de 2013 ( dictada en el procedimiento ordinario 774/2012) declara la nulidad de la cláusula “suelo sin techo”, condenando a la entidad bancaria a devolver a los actores las cantidades cobradas en virtud de su aplicación más los intereses legales moratorios sobre dichas cantidades desde la fecha del cobro de cada una de ellas. la SJPI número 1 de Bilbao, de 19 de junio de 2013 Respecto de dicha cláusula se tiene que presentar una reclamación previa al Departamento de Atención al Cliente, con copia de escritura, tiene que contestarle en dos meses, en caso contrario acuda al Banco de España
Ese puede ser uno de los motivos para solicitar la anulación de la cláusula suelo, dado que la oferta vinculante debía ponerse en conocimiento del comprador al menos con 3 días de antelación. Existen otros motivos alegables que convendría analizar.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros. Llevamos varios asuntos de demandas por cláusulas suelo.
Un saludo,
Juan Vicente
Buenos días;
Sí, efectivamente puede interponer demanda con dicha entidad.
Saludos. Si precisa cualquier tipo de información relacionada con su petición puede ponerse en contacto con nuestro Despacho en el correo electrónico info@soler-abogados.com.
Saludos.
Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho
Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal
El Tribunal Supremo ya ha declarado que dichas cláusulas son nulas siempre que se hayan incluido sin la debida transparencia y por tanto deben ser eliminadas en esos casos. El Notario también está obligado a advertir de la existencia de dichas cláusulas.
No. Está en el plazo (la oferta vale por diez días). De todas formas, le recomiendo que acuda al despacho de un profesional para asesorarse. Puede contactarme, para mayor información en el teléfono 646618253. Dirección: plaza Porta de la Mar, 5-1-4 de Valencia. Gracias.