Embarazo con contrato fijo discontinuo
Si en el momento que sea llamada por la empresa, usted se encuentra de baja por maternidad y no lo ha comunicado antes por escrito, la actuacion normal de la empresa debe ser llamarla para reincorporarse y usted deberá informa de esa situacion, esto con el fin de acreditar que la empresa sigue teniendo la voluntad de reincorporarla. La empresa no tiene por qué saber ni la situación de la trabajadora (maternidad), ni la duración de la misma, ya que más allá de la duración máxima de 16 semanas, y de la obligación de la madre de disfrutar obligatoriamente las 6 semanas posteriores al parto, el resto de la situación puede distribuirla a favor del padre o incluso la duración de las 16 semanas se puede haber iniciado antes del parto. En estos casos es importante que la empresa requiera a la trabajadora de reincorporación, con objeto de que sea la trabajadora, que informe a la empresa de que no se puede reincorporar por su situación de maternidad, y lo que es más importante, con objeto de que informe también de hasta qué fecha tiene previsto que dure la situación de maternidad, ya que lógicamente, una vez acabada la situación de maternidad, la empresa tiene obligación de reincorporar a la trabajadora, bajo el riesgo de que si no lo hace, la trabajadora podría considerar que ha sido víctima de un despido. La situacion de baja por maternidad supone una suspension del contrato de trabajo haciendose cargo la SS del pago de ese periodo conforme a la base de cotizacion de la trabajadora.
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