Embargo de nómina y cuenta
Abogado Laboral en Badajoz VERDASCO ABOGADOS
Abogado de Badajoz especializado en Derecho Laboral
Buenas Tardes, si tiene ya un embargo de nómina no pueden embargarle la cuenta bancaria, siempre y cuando se demuestre que los únicos ingresos que se tienen en la cuenta bancaria provienen de tú salario. Se podría gestionar con el juzgado o administración pública para la devolución de dicho embargo.
Ante cualquier duda se puede poner en contacto con nosotros,
un saludo,
Joaquín Verdasco
-ABOGADO-
Abogado Ley de la segunda oportunidad Vigo AVC Abogados
Abogado de Vigo especializado en Derecho Civil
Buenos días:
Sería conveniente que se personase en el procedimiento a fin de solicitar la retroacción del embargo, si no cumple lo previsto en la Ley, y excede del porcentaje ya embargado en la nómina.
Creo que si tiene deudas sería conveniente que acudiese al mencanismo de la ley de segunda oportunidad para librarse de ellas.
Un cordial saludo: