Embargo de nómina y cuenta

Tengo la nómina embargada decido a la acumulación de deuda contraída en los dos años que estuve de autónomo cuando me quedé en paro . En la cuenta donde me ingresan lo que queda de nómina me ha venido otro embargo judicial y me la ha quedado a cero con lo cual me han dejado sin dinero para pasar el mes .
Se puede hacer esto, ¿pueden quedar a una persona sin recursos todo un mes después de tener embargada la nómina?

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Abogado Laboral en Badajoz VERDASCO ABOGADOS
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Buenas Tardes, si tiene ya un embargo de nómina no pueden embargarle la cuenta bancaria, siempre y cuando se demuestre que los únicos ingresos que se tienen en la cuenta bancaria provienen de tú salario. Se podría gestionar con el juzgado o administración pública para la devolución de dicho embargo.

Ante cualquier duda se puede poner en contacto con nosotros,
un saludo,

Joaquín Verdasco
-ABOGADO-

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días:
Sería conveniente que se personase en el procedimiento a fin de solicitar la retroacción del embargo, si no cumple lo previsto en la Ley, y excede del porcentaje ya embargado en la nómina.

Creo que si tiene deudas sería conveniente que acudiese al mencanismo de la ley de segunda oportunidad para librarse de ellas.
Un cordial saludo:

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