Embargo preventivo de haciensa sobre una embarcacion
Hernández de Pablos
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
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Buenas tardes: La Hacienda está actuando en garantía del cobro de su crédito como lo haría en cualquier otro caso. El embargo grava el bien y va adonde el bien vaya (en este caso el barco). Si usted adquiere el barco lo hace a sabiendas del embargo, pudiendo perderlo más adelante. Retenga, (descuente), del precio pactado para la compra aquella cantidad que la deuda represente y pague usted la deuda. De este modo, compraría con seguridad. Quedo a su disposición.
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
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El procedimiento más seguro es que Ud. gestione el pago de la deuda personalmente. Para ello es necesario saber la cantidad que se debe a Hacienda y descontar dicho importe del precio de la venta u Ud. realizar el pago.Otra opción es no comprar hasta obtener carta de pago de la deuda.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Le sugiero que primero vaya a la Delegación de Hacienda e indique que su interés es comprar la embarcación, y que le informen sobre si tiene que hacerse cargo del embargo.
Para comprar con seguridad debe asegurarse de que el día de la compra la deuda con hacienda queda liquidada, ya que de lo contrario usted deberá hacer frente de forma solidaria junto con el anterior propietario.
Quedamos a su disposición por solamente 10 euros más IVA al mes.
Un saludo.