Embargo con separación de bienes
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
Solo en el caso de que su deuda con la S.S sea anterior a la escritura de capitulaciones matrimoniales , si se han casado en régimen de separación de bienes no pueden hacerlo, se lo deben notificar previamente y ustedes tienen posibilidad de recurrir. Deben de acudir a un abogado que mire la documentación que obra en su poder y tramitar las alegaciones y recursos que procedan. Estaremos encantados de ayudarles. Pueden llamar para pedir cita.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenos días , le informamos que si la deuda ha sido contraída por su marido,y usted se encuentra en régimen de separación de bienes, no tiene porque responder de ella, a no ser que haya figurado como avalista de éste, entonces responderá de forma solidaria.
Si lo desea, en ABOGADOSSEVILLA-MALAGA estaremos encantados de defender sus intereses ante la SS a un módico precio.