Embargo de una vivienda

Me han enviado del ayuntamiento un embargo de la contribución, y no tenemos todavía nada escriturado a nuestro nombre. Sí hay alguna propiedad más a parte de la habitual, como por ejemplo tierras de cultivo, ¿se pueden vender sin antes haberlas escriturado?
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Buenas tardes, en primer lugar debo indicarle que puede realizar la venta de su inmueble sin escritura pero no será válida frente a terceros. Esto quiere decir que en el registro seguirá figurando a su nombre y por otra parte es difícil encontrar a alguien que esté dispuesto a comprar sin escriturar, precisamente por este motivo. Saludos, Rosa Nieto, Abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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ojo, si tiene ya la orden de embargo, y vende, para evitar el mismo, aunque sea en documento privado, porque cabe la posibilidad de que se efectúe un alzamiento de bienes, y si eso ocurriese, presenuntamente, se podría cometer un delito.

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Abogado de Empresa Barcelona. Abram, Ads Bufet
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de poder se puede vender ahora bien, si el comprador quiere inscribir en el registro de la propiedad su compra es ahí donde vas a tener problemas. ya que al no constar tu compra tampoco podrá constar tu venta.
Debes inscribir en el Registro primero tu compra y después la venta

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Se pueden vender esos bienes si hay algún justificante de propiedad, aunque siempre será por un precio más bajo que si hubiera escrituras notariales.

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