Empresa de mi familia.

Trabajo desde mayo de 2012 en la empresa de mi familia. Acepté trasladarme a otra isla para ejercer de encargada de un nuevo centro de ocio, actividad nueva en la empresa, mediante acuerdo verbal al que llegamos en el momento de formalizar el contrato. La empresa me pagaría 1000€ netos mensuales, los gastos de alquiler de vivienda, agua, luz, teléfono, gasolina y 1 billete de avión a mi isla mensualmente.

La semana pasada mi jefe me dice que no me paga más gasolina alegando que no he realizado labor comercial, algo incierto y demostrable. También añade que si supero el gasto de 50€ mensuales de teléfono, me lo descuenta de la nómina. Me gustaría saber si debo acatar esta decisión que ha tomado él de forma unilateral o si puedo oponerme, ya que esta era una de las condiciones por las que acepté el trabajo. No tengo el acuerdo por escrito y mi jefe se niega a firmar un documento que lo asegure, sólo dispongo de contrato indefinido y nóminas donde no figura la cobertura de gastos de teléfono, gasolina, alquiler, etc, pero puedo presentar como prueba correos electrónicos.

Espero que puedan ayudarme. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Premium
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Contestado

Buenas tardes.

En principio el contrato que empleador y empleado han firmado es el que rige los derechos y obligaciones de las partes así como lo dispuesto en el convenio colectivo del sector . Todas aquellas cuestiones que se hayan acordado verbalmente y usted no pueda acreditar no pueden hacerse valer en un juicio de reclamación de las mismas.
Debe usted consultar con un abogado a fin de mirar todas y cada uno de las circunstancias que rodean su situación laboral y analizar los correos electrónicos que usted dice poseer al respecto y valorar si, con todo ello, puede usted realizar con éxito la reclamación pertinente.
estamos a su disposición.
Ana Isabel Gonzalez Laviada
www.laviadaabogados.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado de Familia Las Palmas Ruano Abogados
Contestado

Los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad deben correr de cargo de la empresa . Es decir, lo que habría que determinar es en que medida la gasolina y el telefono se gasta en labor comercial o laboral, y cual en usos privados, ya que esta ultima parte no tendria que abonarla la empresa. En todo caso ,creo que es algo que deben resolver amistosamente porque tambien puede negarse a hacer labores que conlleven ese gasto, si no tiene garantía de que se le va a abonar. Otra cuestion seria ver el tema de la movilidad geografica (cambio de isla)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado