La empresa nos reclama IRPF que Hacienda no requiere ¿qué podemos hacer?

Hola , somos un grupo de trabajadores de la misma empresa que hemos recibido una llamada de recursos humanos diciéndonos que debemos pagar importes variados, dependiendo el caso, ya que se equivocaron reteniendo nuestro IRPF el año pasado y nos han pagado de más y Hacienda les reclama dinero. Hemos ido a Hacienda y nos dicen que no tenemos que devolver nada por que a parte no llegamos al mínimo para hacer la declaración.
Ante nuestra insistencia en que nos enseñen un documento que acredite, la empresa ha respondido que si nos negamos a pagar, lo llevarán directamente al tribunal de lo social.
Mi pregunta es, ¿de dónde salen esas cantidades que dicen que tenemos que devolver y cuáles son nuestros derechos?

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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TARINAS GRUP

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Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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Para lo que usted comenta, no existe una solución general. En principio, si la empresa debe ingresar más por concepto de retenciones, significa que ustedes tienen derecho a una mayor devolución por el concepto de la declaración IRPF. Si todo fuera tan sencillo, no habría mayor problema. Ustedes le dan el dinero a la empresa o se comprometen a hacerlo cuando reciban la mayor devolución de hacienda. El problema está en que para que esto sea así, cada uno de ustedes debe iniciar un proceso de revisión de su declaración ante Hacienda, para que le devuelvan el importe ingresado por la empresa. Puede incluso que alguien no hubiera presentado la declaración por no hallarse obligado y desistir de pedir la devolución de cantidades mínimas, o que sí presentó y renunció a la devolución. La casuística es muy amplia. De todo ello se extrae que se puede ocasionar un perjuicio a los trabajadores, ya que deben iniciar procesos ante Hacienda y estos procesos pueden tener un coste, y como mínimo unas molestias que no tienen porqué soportar por causa de un error de la empresa. Por tanto, si la empresa no está dispuesta a asumir ese coste y esas molestias que puede suponer para los trabajadores iniciar ese proceso ante Hacienda, entiendo que la empresa no podrá pedir que se le reintegren las cantidades. Por tanto, la defensa de cada trabajador es alegar que para ellos no se ha producido de momento ningún enriquecimiento que deban ahora reintegrar a la empresa, y que no tienen obligación de soportar las molestias ni costes de iniciar un procedimiento ante la Administración tributaria para pedir la devolución de unas cantidades.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado de Barcelona especializado en Responsabilidad Civil

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Buenas tardes, lo que le reclama Hacienda a la empresa es el importe correcto que procedería por las retención que debe efectuar la empresa en función del tipo de contrato y del salario. El tema es que es cierto que la empresa tiene la obligación de efectuar las retenciones correctas e ingresar en la Hacienda Pública las cantidades que tocan. En caso contrario, la empresa se expone a sanciones. Por otro lado, esas retenciones deben salir del salario que ha percibido el trabajador.
La cuestión es que si la empresa ingresa el importe correcto por la retención y no se lo pide o descuenta a los trabajadores estaría aumentando el importe del salario mensual.

Desde mi punto de vista, la solución pasaría por acceder a lo que solicita la empresa, que la empresa regularice las retenciones debidas a Hacienda y, lo más importante, que los trabajadores regularicen de nuevo su situación con hacienda, por que, por ejemplo, en su caso, si le devolvían 5 euros, después de que la empresa regularice sus retenciones, la cantidad que le debe ser devuelta aumentará considerablemente. Es muy posible que toda la cantidad que aporte ahora para que la empresa deba regularizar su situación, le sea devuelta.

Desde nuestro despacho, una vez aportadas esas cantidades por usted y luego ingresadas por la empresa en hacienda, nos podríamos encargar de solicitar la parte correspondiente de dichas retenciones a hacienda de cada uno de los trabajadores. Si lo considera puede ponerse en contacto con nosotros.

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Abogado contrataciones Barcelona - Xavier Pineda Buendia

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Abogado de Barcelona especializado en Despidos

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Buenas tardes.
Por la normativa del IRPF, la empresa debe practicar las retenciones a los salarios de los trabajadores e ingresarlas a cuenta del IRPF a la AEAT. Posteriormente y realizadas todas las declaraciones, el trabajador regulariza su situación con la AEAT mediante la correspondiente declaración de la renta.
Ahora bien, cuando la empresa no retiene la cantidad que tiene que retener, con independencia de que el trabajador la pague o no en la renta, la AEAT procede a realizar la reclamación correspondiente a la empresa que, entiendo, es la que debe asumir su responsabilidad y pagar la reclamación que le exija sin reclamar esa cantidad a los trabajadores que se habrán encargado de regularizar su situación con la AEAT en su declaración de la renta.
Por ejemplo, si tienes un salario de 20.000.- € (sin hijos y sin cónyuge a cargo), la empresa debería haber retenido en el 2014 unos 2.800.- Euros. Si la empresa retuvo 2.000.- €, no ha cumplido con su obligación de retener por lo que la empresa respondería por los 800,00.- € más la sanción. Por su parte, el trabajador en renta declarará 20.000 de ingresos y 2.000 de ingreso a cuenta, por lo que le quedaría un importe a pagar de 800,00 (más el resto de conceptos). Si el trabajador hace la renta, entiendo que la empresa podría no pagar esos 800; pero si no lo hace, la responsabilidad íntegra sería de la empresa, tal y como lo prevé en la propia normativa de la Ley del IRPF.

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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La empresa está obligada a hacer las retenciones de la nómina en base a la información que cada trabajador le facilita a través del modelo 145; en este modelo se expone la situación personal de cada uno y el gestor en base a esta información facilitada, deberá practicar la retención que corresponda. Si Agencia Tributaria les ha comunicado que no tienen que devolver nada, les aconsejo que soliciten que esta información se la den por escrito por si es necesario utilizarla posteriormente como prueba ante una posible reclamación de la empresa. Un saludo.

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Abogado de Barcelona especializado en Responsabilidad Civil

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Hola de nuevo, he consultado con mis colaboradores especialistas del despacho respecto de su asunto y me han comentado que si la empresa se ha equivocado en las retenciones es asunto de ellos, que, en principio, si no quieren no han de devolver nada de las cantidades. Es error de la empresa y son ellos los que se han de hacer responsables. En todo caso si no acceden a entrégales esas cantidades, solo aquellos que hayan hecho la declaración de la renta podrán solicitar la devolución de las cantidades si tienen derecho a esa devolución. Para los que no la hicieron no cambia nada su situación, en este caso, será hacienda la que sale ganando.

saludos

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Considero que si la propia Delegación de Hacienda, que es el órgano competente al efecto, les ha dicho que no tienen que devolver nada, entonces es porque efectivamente nada tienen que devolver.

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Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
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Hola.
Entiendo que si en Hacienda le dicen que no tienen que devolver nada, pues no tienen que hacerlo.
Si la empresa lo quiere reclamar judicialmente, que lo haga y a ver qué decide el juez de lo social.

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Apreciada amiga, comparto la opinión de alguno de mis compañeros, si la empresa quiere demandar, pues que lo haga. Pero mucho me temo que quizás la empresa opte por llevar a cabo una regularización directa sobre sus nóminas, y les detraiga las cantidades reclamadas, colocando así a los trabajadores en la tesitura de tener que ser ellos los que demanden.

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