Ere y finiquito

El tiempo que pasa en un ere temporal de paralización de contrato, en el cual la empresa paga la S.S y el paro el 70% de tu nomina, cuenta para el finiquito?

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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
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Los efectos generales de la suspensión del contrato de trabajo son que no se tiene la obligación de prestar el servicio ni tampoco se percibe remuneración. En el caso que UD. plantea parece que se está refierendo a un ERTE, en cuyo caso dicho perIodo, en que el trabajador puede percibier la prestación por desempleo, sí se computa a efectos de antigüedad.

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Legal & Sure

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes, efectivamente ese tiempo computa como antiguedad en la empresa y por tanto ha de tenerse en cuenta para el finiquito e indemnización, incluso se respetan las bases de cotización como si estuviese efectivamente trabajando. Un saludo

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