Error de forma en multa de la policía local

Buenos días,
No estoy muy informada del tema, y tampoco sé muy bien donde encontrar legislación al respecto, pero me ha llegado a casa la notificación de resolución de alegaciones sobre una multa de estacionamiento por un Policía Local. No aceptan las alegaciones por varios motivos pero sin contestar a todas las que le había planteado. Además, y lo que más me ha llamado la atención es que, tanto la firma (del alcalde) como el sello son fotocopiados y este último casi ni se ve. Es posible incluir ahora en el recurso de alegaciones algún error de forma por ello?
Muchísimas gracias y un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
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Buenas tardes, usted ha realizado las alegaciones y ahora, cuando le han notificado la resolución, tiene el periodo de un mes, para interponer el preceptivo recurso de reposición, en el cual puede alegar, además de las realizadas en las alegaciones, cuantas estime oportunas, y entre ellas, las alegaciones referentes a defectos formales, entre los que puede manifestar la posible prescripción o la de caducidad de procedimiento, caso de que alguno de ellos se haya producido, o en relación con lo que usted ha manifestado la "falta de motivación", ya que en la resolución deben darse respuesta a todas sus alegaciones.
Para cualquier duda, estamos en el despacho a su entera disposición.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Conforme y de acuerdo con la respuesta de mi compañero Sr. Furió respecto del recurso de que dispone aún en vía administrativa y cuya resolución desestimatoria le abocaría a acudir al Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, por lo que merece la pena que lo intente antes de acudir al Juzgado, si considera que tiene razón; por cierto ya no son necesarias las tasas judiciales para asuntos como el suyo. Saludos cordiales.

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Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal

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Buenos días,

En la resolución desestimatoria de sus alegaciones, le habrán informado de los recursos que tiene a su disposición , entre los cuales , estará el recurso de reposición por plazo de un mes , donde podrá hacer valer los motivos que crea conveniente, no sólo aquellos que ya manifestó en sus alegaciones , si no cualquier otro que usted considere que vulnera sus derechos.

Atentamente

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero Daniel Furió.

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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
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Estoy conforme con lo expuesto por mis compañeros

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