Error formal multa aparcamiento

Buenas tardes,
Me pusieron una multa de aparcamiento en Madrid, pero presenta un defecto de forma pues mi coche estaba estacionado sobre una acera del lado de los impares (sin construcciones, por lo que no había un número asociado al lugar) y en la multa figura número 8. Además en esa calle no existe el número 8.
Así que por un lado, me han ubicado en un número que no existe y además deberían haber puesto sin número, puesto que del lado de lo que deberían haber sido los impares no había edificaciones.
¿Tengo opciones de ganar si lo recurro?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100
  • 1 voto útil
Contestado

Buenas tardes, si podría tener viabilidad su recurso puesto que por lo que indica si no existe en número 8 de esa calle, entonces no se sabe si su coche realmente estaba allí. Pero deberíamos de ver la multa para concretar. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Buenas tardes;
Puede recurrirla por defecto de forma pero en todo caso estos defectos pueden ser subsanados por la Administración después de que usted interponga las alegaciones o el recurso.
Espero haberle sido de ayuda.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Contestado

Indudablemente si es como afirma, tiene posibilidades de que le estimen el recurso, siempre que aporte prueba de lo manifestado, ya que las actas de los agentes gozan de presunción de veracidad y corresponde al administrado la demostración de que los hechos descritos en las actas (en este caso la multa) no son ciertos. Para cualquier aclaración se puede dirigir a mi despacho sito en C/ Cea Bermúdez 38, 3º A, 28003 Madrid

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Contestado

Puede intentarlo, ya que la función de sancionar exige la máxima concrecion del hecho a sancionar y si el numero 8 de esa calle no existe no se puede decir que no este permitido aparcar en un lugar que no existe. Haga alegaciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado