Error de la subdelegación del gobierno.
Buenos días.En principio, desconociendo más datos que los q usted comenta, podría impugnar la multa que se le impone tanto lo referente al importe en concepto de principal e intereses como la propia existencia de los hechos.Puede recurrir en vía administrativa para lo cual habría que ver los plazos si no puede acudir a reclamar en vía judicial.Puede contactar con este despacho jurídico y una vez analizada la documentación facilitarle las posibilidades de recurrir. Un saludo
Abogado Penalista Huelva Manuela Nieves Vázquez
Abogado de Aljaraque especializado en Derecho Procesal
Si es como dices y han tomadonla dirección mal, al venir la notificación del inicio y la posterior resolución dwl procedimiento devuelta, tenían que haber realizado lo que el Tribunal Supremo en una sentenciande 2008 denominó una mínima actividad indagaroria, dando la razón al recurrente por nulidad de los actos llevados a cabo por la Administración.
Quedo a tu disposición. Saludos
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Necesitaría mas información para poder darle una contestación adecuada, tal y como le dice un compañero se puede impugnar la multa, recurrir en vía administrativa , pero para ello es necesaria mas información y saber en que estado se encuentra el procedimiento