Escriturar parcela rústica
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Se puede escriturar pero se debe tener en cuenta el derecho que tienen los linderos de esa parcela que se compra, derecho de retracto por el simple hecho de ser linderos de la finca. Consiste en que esos linderos pueden subrogarse en la posición del comprador en las mismas condiciones pactadas en el contrato, si la superficie de la parcela rústica no supera una hectárea como es el supuesto. Dichos linderos tiene un plazo legal de caducidad para ejercitar su derecho.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Para escriturar hay que tener un documento que acredite la titularidad. Luego para inscribir en el registro hay que examinar si se cumplen ciertos requisitos como que la finca ya esté inscrita, o que figure en el catastro a nombre del que la reclama.
Estimado señor/a: el problema es que no proporciona datos suficientes que nos ayuden a valorar la situación. Necesitaríamos más especificaciones para poder ayudarle. Si lo desea, puede llamar a nuestro teléfono, que encontrará en la web www.majanoabogados.com para completar la inforamción que necesitamos a fin de darle una respuesta. Un saludo. .